Dilemo.
Legal y Derechos

¿Puede el casero quedarse la fianza para pintar el piso?

Dictamen publicado el 29/07/2026
¿Puede el casero quedarse la fianza para pintar el piso?
Caso planteado "Llevo tres meses esperando a que mi antiguo casero me devuelva los 800 euros de fianza del piso en Madrid, pero ayer me mandó un WhatsApp diciendo que no me los devuelve porque ha tenido que pintar toda la casa por "desgaste". Además, me exige pagarle 200 euros extra amenazándome con meterme en una lista de morosos si no lo hago esta semana. Como no firmamos un documento formal de entrega de llaves ni revisión del estado del piso, no sé si me merece la pena denunciarle o si realmente tiene base legal para reclamarme ese dinero."

Entiendo perfectamente la impotencia y el estrés que genera esta situación. Quedarse a la espera de la devolución de un dinero que te pertenece y recibir de repente exigencias económicas acompañadas de presiones es una experiencia sumamente desagradable.

Análisis legal del caso: Uso y desgaste frente a daños

Desde la perspectiva de la legislación sobre arrendamientos urbanos, es fundamental distinguir entre el desgaste habitual por el uso ordinario del inmueble y los daños malintencionados o por negligencia imputables al arrendatario.

1. La obligación de pintar la vivienda

El deterioro de la pintura de las paredes derivado del mero paso del tiempo y del uso cotidiano se considera mantenimiento ordinario de la propiedad. Salvo que en el contrato se haya pactado expresamente una cláusula en contrario, la jurisprudencia establece que el propietario es quien debe asumir el coste de pintar la vivienda tras la finalización del contrato. Por tanto, exigir retener el depósito o reclamar dinero extra por este motivo carece de base legal sólida.

2. La falta de documento de entrega de llaves

Aunque no se haya firmado un acta de entrega formal ni una revisión del estado de la finca, la carga de la prueba recae sobre el arrendador. Es el propietario quien debe acreditar de forma fehaciente que la vivienda presentaba desperfectos que exceden el desgaste normal y que dichos daños no existían al inicio del contrato.

3. Amenazas con listas de morosidad

Para incluir a una persona en un registro de morosos, la deuda reclamada debe ser cierta, vencida, exigible e indiscutible. Una reclamación unilateral por supuestos daños de pintura no probados no cumple con estos requisitos. Una inclusión indebida en un fichero de este tipo constituiría una vulneración del derecho al honor, lo que facultaría al afectado a demandar por daños y perjuicios.

Opciones de acción para recuperar tu dinero

  • Notificación formal por Burofax: El primer paso es remitir un burofax con acuse de recibo y certificación de texto requiriendo formalmente la devolución del depósito en un plazo determinado (por ejemplo, 10 días). Debe explicarse que la pintura por uso ordinario es responsabilidad de la propiedad y que cualquier amenaza con ficheros de morosidad no tiene sustento jurídico.
  • Juicio verbal sin abogado ni procurador: Si la cantidad reclamada no supera el límite fijado por la ley (habitualmente 2.000 euros), se puede interponer una demanda en el Juzgado de Primera Instancia sin necesidad de contratar profesionales jurídicos, haciendo la reclamación accesible y sin costes iniciales.
  • Intereses de demora: Al haber transcurrido más de un mes desde la devolución de las llaves, la cantidad retenida devenga el interés legal del dinero a tu favor.

Consejo final

No cedas ante pretensiones injustificadas. La ley ampara al inquilino frente a cobros por el desgaste natural de la vivienda. En la mayoría de los supuestos, un burofax bien redactado con fundamento legal es suficiente para que la otra parte desista y proceda a la devolución de los fondos acumulados.

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