Dilemo.
Legal y Derechos

¿Puede el casero quedarse la fianza por la pintura o la caldera?

Dictamen publicado el 21/07/2026
¿Puede el casero quedarse la fianza por la pintura o la caldera?
Caso planteado "Llevo tres años de alquiler en Madrid y este mes me mudo, pero la propietaria se niega a devolverme la fianza de 900 euros alegando que la pintura está desgastada y que debo pagar la reparación de la caldera. Yo siempre he pagado puntual y el propio técnico dijo en su día que la avería de la caldera fue por antigüedad, no por un mal uso por mi parte. ¿Tiene derecho a retenerme ese dinero legalmente y qué pasos puedo dar si se niega a firmar la entrega de llaves con la devolución?"

Comprensión de tu situación

Es perfectamente comprensible la frustración e impotencia que sientes. Haber cumplido de manera puntual con el pago del alquiler durante varios años para luego encontrarte con la negativa a devolver la fianza genera una gran tensión, especialmente cuando estás en pleno proceso de mudanza.

Análisis jurídico de la retención de fianza

Desde el punto de vista del derecho de arrendamientos urbanos, la propiedad no tiene derecho a retener la fianza por los motivos que indicas. A continuación se desglosan las dos pretensiones de la parte arrendadora:

  • Pintura y desgaste habitual: La ley establece que el deterioro derivado del uso ordinario y del paso del tiempo (el desgaste natural de las paredes o la pintura) corresponde asumirlo a la propiedad. La fianza no está destinada a dejar la vivienda en un estado a estrenar, sino a reparar daños causados por mal uso, negligencia o actos vandálicos.
  • Avería de la caldera: Salvo que se trate de una pequeña reparación por uso diario, las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad recaen sobre la parte arrendadora. Si el informe del técnico determina que la avería se debió a la antigüedad del aparato o a su vida útil, la responsabilidad económica es exclusiva de la propiedad.

Pasos recomendados para actuar

Si la parte arrendadora se niega a actuar conforme a la ley, es aconsejable seguir esta hoja de ruta:

1. Documentar la entrega de llaves

Nunca entregues las llaves sin firmar un documento de finalización de contrato. Si la propiedad rechaza firmar la devolución del dinero, debes redactar un documento donde conste la fecha, la entrega de llaves y el estado actual de la vivienda. Puedes añadir la frase: "Se entregan las llaves. La parte arrendataria no está de acuerdo con las retenciones propuestas sobre la fianza". Toma fotos y vídeos detallados del inmueble en el momento exacto de la salida.

2. Envío de reclamación formal (Burofax)

Una vez entregadas las llaves, la propiedad dispone legalmente de un plazo de 30 días para liquidar la fianza. Si transcurrido ese tiempo no la ha devuelto, envía un burofax con acuse de recibo y certificación de texto requiriendo formalmente la devolución de los 900 euros e indicando que el informe técnico respalda que la avería no fue por mal uso.

3. Reclamación judicial por Juicio Verbal

Si el burofax no surte efecto, puedes acudir al juzgado de primera instancia. Al tratarse de una cuantía inferior a 2.000 euros, puedes interponer una demanda de juicio verbal sin necesidad de contratar abogado ni procurador. Presentar el contrato, los recibos de pago, el informe del técnico y las fotografías suele ser suficiente para que el juez falle a tu favor, exigiendo además los intereses de demora.

Consejo final

Mantén la calma y mantén todas las comunicaciones por escrito. Documenta todo de manera meticulosa y no cedas ante pretensiones infundadas; la normativa protege al arrendatario ante el desgaste ordinario y el envejecimiento de las instalaciones del inmueble.

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