Dilemo.
Legal y Derechos

¿Puede el casero quedarse la fianza por pintar o el termo roto?

Dictamen publicado el 07/09/2026
¿Puede el casero quedarse la fianza por pintar o el termo roto?
Caso planteado "Llevo ya casi dos meses esperando a que mi antiguo casero me devuelva los 1.500 euros de fianza y ahora me dice que no me da nada porque ha tenido que pintar las paredes y cambiar un termo que se estropeó por el uso habitual. En la entrega de llaves firmamos el documento de fin de contrato sin que él reflejara ningún desperfecto ni queja por escrito, pero ahora me amenaza con facturas de reformas que superan la fianza. ¿Tengo base legal sólida para exigirle el dinero y los intereses mediante un juicio verbal sin abogado, o me arriesgo a salir perdiendo si él presenta esos presupuestos en el juzgado?"

Es completamente comprensible la frustración y la sensación de impotencia que genera esta situación. Tras haber cumplido con el contrato y haber entregado el inmueble de mutuo acuerdo, encontrarse con excusas imprevistas para retener el dinero depositado es una de las experiencias más estresantes del mercado del alquiler. Afortunadamente, el marco legal ofrece una sólida protección frente a este tipo de abusos.

El valor probatorio del documento de entrega de llaves

El punto más determinante de tu situación es la firma del documento de finalización de contrato sin reservas. Cuando arrendador y arrendatario firman la entrega de llaves y no se hace constar ningún desperfecto, la jurisprudencia establece una presunción clara de que la vivienda se devolvió a plena conformidad.

Si el propietario detecta daños con posterioridad a la entrega, le corresponde a él la pesada carga probatoria de demostrar de forma inequívoca que:

  • Dichos daños existían antes de la entrega de llaves y no fueron causados después de recuperar la posesión.
  • Los desperfectos superan el deterioro derivado del uso razonable del inmueble.
  • Existe un nexo causal atribuible a negligencia o mal uso del inquilino.

Desgaste habitual frente a desperfectos imputables

La legislación sobre arrendamientos urbanos distingue con claridad entre el mantenimiento derivado del paso del tiempo y los daños atribuibles a culpa del arrendatario:

  • Pintura de paredes: Salvo que se hayan causado daños graves (agujeros masivos no reparados, humedades provocadas o cambios arbitrarios de color prohibidos por contrato), el repintado por el paso del tiempo se considera desgaste habitual. No es imputable a la fianza.
  • Avería de electrodomésticos e instalaciones (termo): Las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad corresponden al propietario, salvo que se demuestre un uso doloso o negligente por parte del inquilino. La rotura o fallo por fin de vida útil de un calentador recae legalmente sobre el arrendador.

Plazo de devolución e intereses de demora

La ley establece que la fianza debe reintegrarse en el plazo de un mes desde la restitución de la posesión. Transcurrido ese plazo sin justificación legítima:

  • La cantidad adeudada comienza a devengar el interés legal del dinero de manera automática.
  • Al haber pasado casi dos meses, no solo tienes derecho a la totalidad del importe retenido, sino también a la liquidación de dichos intereses.

Opciones de actuación: del requerimiento previo al juzgado

Para recuperar tu dinero con las máximas garantías, es aconsejable seguir una estrategia escalonada:

1. Requerimiento formal (Burofax)

Antes de iniciar la vía judicial, es fundamental enviar un burofax con acuse de recibo y certificación de texto. En él debes reclamar la devolución íntegra en un plazo breve (por ejemplo, 5 o 7 días hábiles), recordando que el acta de entrega se firmó de conformidad y advirtiendo de que, en caso de impago, acudirás a los tribunales reclamando el principal más los intereses devengados.

2. Demanda de Juicio Verbal sin abogado

Al tratarse de una cuantía que no excede el límite legal de los 2.000 euros, el procedimiento se tramita mediante juicio verbal:

  • Sin costes iniciales de postulación: No es preceptiva la intervención de abogado ni de procurador, por lo que puedes presentar tú mismo la demanda utilizando los formularios normalizados disponibles en los juzgados.
  • Fuerza probatoria: Al aportar el contrato, el acta de finalización sin tachaduras ni reservas y las comunicaciones previas, tu posición procesal es notablemente sólida frente a presupuestos o facturas unilaterales emitidos a posteriori.

Conclusión y recomendación final

Cuentas con una base legal sólida y favorable. Las amenazas con presupuestos posteriores carecen de fuerza jurídica frente a un documento de entrega limpio y a conceptos que la ley atribuye al mantenimiento ordinario de la propiedad. Formaliza de inmediato un requerimiento por burofax y, si persiste en la negativa, acude al juzgado decano de tu partido judicial para interponer la demanda de juicio verbal.

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