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Legal y Derechos

¿Tu casero no devuelve la fianza? Claves del juicio verbal

Dictamen publicado el 10/10/2026
¿Tu casero no devuelve la fianza? Claves del juicio verbal
Caso planteado "Llevo dos meses esperando que mi casero me devuelva los 1.600 euros de la fianza del piso de alquiler, pero ahora me dice que se los queda íntegros para pintar las paredes y reparar un grifo que goteaba por el uso normal. Tengo fotos y vídeos del día de la entrega de llaves donde se ve todo impecable, pero él se niega a razonar y sospecho que ni siquiera ingresó el dinero en el organismo de la comunidad autónoma. ¿Tengo base legal suficiente para plantarle un juicio verbal sin necesidad de contratar abogado y procurador, o me arriesgo a que me condenen en costas si el juez considera que son desperfectos míos?"

Es profundamente frustrante finalizar un contrato de arrendamiento dejando el inmueble en excelentes condiciones y encontrarse con la negativa injustificada del arrendador a reintegrar el dinero que legítimamente te pertenece. Esta práctica abusiva, lamentablemente habitual, genera una sensación de indefensión que suele paralizar al inquilino por miedo a costes judiciales o represalias legales.

Análisis legal: ¿Tiene derecho a retener tu fianza?

Desde la perspectiva de la normativa de arrendamientos urbanos y la jurisprudencia civil, la postura de la propiedad presenta graves debilidades:

  • El desgaste por uso ordinario no es indemnizable: Según el Código Civil y la Ley de Arrendamientos Urbanos, el inquilino no responde del menoscabo producido por el transcurso natural del tiempo o el uso diligente. Pintar un inmueble tras varios años de residencia habitual o la sustitución de juntas de grifería desgastadas por el paso del tiempo corresponden al deber de conservación del arrendador, salvo que medie dolo, negligencia grave o pacto expreso válido.
  • Carga de la prueba: Quien reclama o retiene el importe debe acreditar de manera fehaciente tanto el daño real como su cuantificación económica mediante presupuestos o facturas detalladas. Si cuentas con material gráfico fechado que demuestre el buen estado de la vivienda al devolver las llaves, su argumento queda prácticamente desarmado.
  • Intereses de demora: Transcurrido un mes desde la entrega de la posesión sin que se haya restituido el saldo de la fianza, la cantidad devenga automáticamente el interés legal del dinero.

El juicio verbal: Procedimiento y riesgo real de costas

El ordenamiento procesal prevé un mecanismo sumario y accesible precisamente para este tipo de conflictos económicos:

1. Sin necesidad de abogado ni procurador

Al tratarse de una reclamación de cantidad inferior a los 2.000 euros, la ley permite que el ciudadano interponga la demanda de juicio verbal por sí mismo, utilizando formularios normalizados que facilitan los propios juzgados. No existe obligatoriedad de contratar profesionales técnicos.

2. El riesgo de condena en costas procesales

Una de las mayores preocupaciones es el temor a pagar los gastos del contrario. La ley procesal establece que, cuando la intervención de letrado y procurador no es preceptiva (como en cuantías menores a 2.000 euros), la parte perdedora no tiene que abonar los honorarios de los profesionales de la otra parte, salvo que el juez aprecie expresa temeridad o que el demandado tenga su domicilio en un partido judicial distinto. Por lo tanto, el riesgo patrimonial por condena en costas es prácticamente inexistente en estas condiciones.

Plan de acción recomendado

Para resolver el conflicto de forma metódica y eficaz, conviene seguir una estrategia escalonada:

  • Requerimiento formal previo (Burofax): Envía un burofax con acuse de recibo y certificación de texto concediendo un plazo improrrogable (por ejemplo, 5 o 7 días hábiles) para la devolución del importe y los intereses devengados. Advierte expresamente de que, en caso contrario, se interpondrá demanda judicial de juicio verbal.
  • Comprobación del depósito autonómico: La falta de depósito de la fianza en el ente público de la comunidad autónoma constituye una infracción administrativa sancionable con multas coercitivas. Indicar en el requerimiento que pondrás este hecho en conocimiento de la autoridad tributaria o de vivienda competente suele acelerar la resolución extrajudicial.
  • Demanda sucinta: Si no atiende al requerimiento, presenta la demanda en el Juzgado de Primera Instancia del lugar donde radique la finca, adjuntando el contrato, el justificante del pago de la fianza, las comunicaciones mantenidas y el soporte probatorio gráfico que demuestre el estado en el que se entregó el inmueble.

Consejo final

Dispones de una base jurídica sólida y herramientas procesales directas y gratuitas para reclamar lo que te corresponde. Inicia el proceso mediante el burofax de advertencia formal; en la gran mayoría de los casos, la perspectiva de una sanción administrativa y un litigio judicial claro motiva al arrendador a transferir los fondos sin necesidad de llegar a la vista oral.

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