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Legal y Derechos

¿Tu casero no devuelve la fianza por pintar? Claves para reclamar

Dictamen publicado el 25/10/2026
¿Tu casero no devuelve la fianza por pintar? Claves para reclamar
Caso planteado "Llevo dos meses esperando a que mi casero me devuelva los 1.200 euros de fianza tras dejar el piso de alquiler, pero ahora me dice que se lo queda todo por pintar las paredes y cambiar persianas que ya estaban desgastadas. El problema es que cuando entré hace tres años no hicimos inventario con fotos, y al marcharme me pidió dejar las llaves en el buzón sin firmar ningún documento de entrega. No sé hasta qué punto la ley le permite justificar esos gastos como daños o si me compensa iniciar una reclamación legal por mi cuenta sin que me cueste más el trámite que el dinero perdido."

Es completamente comprensible sentir una profunda frustración e impotencia ante una situación así. Depositar los ahorros en concepto de fianza para luego ver cómo son retenidos bajo pretextos dudosos genera una sensación de abuso muy habitual en el mercado del alquiler.

El marco legal: desgaste habitual vs. desperfectos

Desde la perspectiva del derecho de arrendamientos urbanos, la ley establece con claridad dos principios fundamentales que amparan al inquilino frente a cobros indebidos:

  • El desgaste por uso ordinario: La legislación determina que el deterioro provocado por el paso del tiempo y el uso normal de la vivienda (como el desgaste de persianas tras tres años o pequeñas marcas en la pintura) corresponde exclusivamente al propietario. Salvo que existan daños por negligencia o maltrato deliberado, pintar el piso tras finalizar un contrato no es atribuible a la fianza.
  • Carga de la prueba: Es el arrendador quien tiene la obligación de demostrar que el daño existió, que no estaba allí al inicio del contrato y que fue causado directamente por el arrendatario. Al no existir un inventario inicial fotográfico ni un acta de entrega de llaves firmada en el momento de la salida, el casero tiene muy difícil justificar jurídicamente esos supuestos daños ante un tribunal.
  • Intereses por mora: La ley contempla que la fianza debe reintegrarse dentro del mes siguiente a la entrega de llaves. Al haber transcurrido dos meses, la cantidad retenida devenga automáticamente el interés legal del dinero a favor del inquilino.

¿Compensa reclamar judicialmente 1.200 euros?

Muchos arrendadores juegan con el miedo de los inquilinos a incurrir en gastos judiciales desorbitados. Sin embargo, para cantidades inferiores a 2.000 euros, el ordenamiento jurídico ofrece un trámite muy accesible:

  • Juicio verbal sin abogado ni procurador: Para reclamar los 1.200 euros de fianza no es preceptivo ni obligatorio contratar abogado ni procurador. Puedes presentar la demanda tú mismo mediante un formulario normalizado ante el juzgado de primera instancia del municipio donde radica la vivienda.
  • Coste cero del procedimiento: Al actuar en nombre propio, el procedimiento no conlleva tasas judiciales ni honorarios profesionales, reduciendo a cero el riesgo financiero directo de la reclamación.

Plan de acción recomendado paso a paso

1. Requerimiento formal fehaciente (Burofax)

Antes de acudir al juzgado, envía un burofax con acuse de recibo y certificación de texto al propietario. En él, debes exigir la devolución íntegra de la fianza más los intereses de demora devengados, argumentando que pintar y subsanar desgastes ordinarios son cargas del propietario según la normativa vigente, y otorgando un plazo improrrogable de entre 5 y 7 días hábiles para el ingreso.

2. Demanda de juicio verbal

Si transcurrido el plazo el arrendador persiste en su negativa o no responde, acude al juzgado de primera instancia y solicita el modelo impreso para juicio verbal por reclamación de cantidad. Adjunta copia del contrato, justificante del pago de la fianza, comunicaciones mantenidas y el burofax enviado.

Conclusión

No des por perdido tu dinero. La ley está de tu lado en lo referente al desgaste ordinario y la falta de pruebas por parte del arrendador. Al no requerir costes procesales iniciales, reclamar mediante requerimiento formal y, en su caso, juicio verbal, es una vía viable, proporcionada y con altas probabilidades de éxito.

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